La inscripción al Registro permite a los prestadores formar parte del Sistema Único de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, facturar sus prestaciones de conformidad con el nomenclador vigente para ellas y celebrar en ese marco contratos con las Obras Sociales Nacionales u otros obligados a financiar las prestaciones (arts. 2º y 7º de la Ley N° 24.901).
Desde este organismo no se realizan inscripciones de profesionales independientes, sólo se inscriben instituciones.